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CUANDO LO PRIVADO SE CONVIERTE EN PÚBLICO

 

Los atentados contra la vida privada cometidos por los menores en Internet

 

En los últimos dos años se ha registrado un rápido aumento de los sitios web que permiten a los usuarios publicar su propia página personal o “perfil”. Son muy populares entre los niños y los adolescentes como un medio para auto expresarse y para establecer vínculos con amigos. A esta actividad se la conoce a menudo como “establecimiento de redes sociales online”.

 

Las páginas web de redes sociales se utilizan normalmente para editar diarios en línea denominados “blogs”. Conocidos como weblog recopilan cronológicamente textos o artículos de uno o varios autores, apareciendo primero el más reciente, donde el autor conserva siempre la libertad de dejar publicado lo que crea pertinente.Habitualmente, en cada artículo, los lectores pueden escribir sus comentarios y el autor darles respuestas, de forma que es posible establecer un diálogo.

 

A menudo incluyen fotografías, listas de las cosas que le gustan o no a la persona que escribe, datos de contacto, enlaces a otros contenidos y, en definitiva, cualquier cosa que el usuario desee mostrar. Para hacer que la experiencia sea aún más atractiva, algunas páginas ofrecen software que permite a los usuarios decorar su propia página personal con gráficos e imágenes gratuitas.

 

Se estima que en la actualidad hay al menos 30 millones de blogs en funcionamiento y se registra uno nuevo cada segundo.

 

¿Debería preocuparme por lo que mi hijo puede publicar en su blog?

 

Los sitios web de este tipo disponen a menudo de unas directrices claras que los usuarios tienen que leer antes de registrarse. Pueden incluir “normas de la casa” sobre la edad de los usuarios y advertencias sobre lo que no se debe publicar, así como un dispositivo para informar de contenidos no deseados. Algunos disponen incluso de equipos de personas encargados de “eliminar” las publicaciones de menores de edad. No obstante, sigue habiendo puntos preocupantes en relación con estos sitios web, entre ellos:

 

• Visibilidad: Los adolescentes, que representan un porcentaje elevado de los usuarios de estas páginas, no siempre son conscientes de que el material que colocan en ellas puede ser visto por cualquier persona en cualquier parte del mundo a través de un ordenador. Por esta razón, los comentarios, los datos personales y las fotografías o imágenes no son, en modo alguno, privados.

• Supervisión: Para asegurarse de que los niños utilicen dichos sitios web de manera razonable y con consideración, los padres deben saber qué servicios utilizan sus hijos/as y los nombres de usuario (alias) que usan. En la actualidad, la mayoría de los padres no sabe ninguna de estas dos cosas.

 

• Visitantes no deseados: Estas páginas que tanto atraen a los adolescentes también son un reclamo para toda clase de gente que los padres preferirían que no tuvieran contacto con sus hijos/as. Entre estas personas puede haber pederastas, personas dedicadas a la pornografía infantil, reclutadores de grupos extremistas y personas que fomentan comportamientos disfuncionales.

 

¿Qué puedo hacer?

 

• Familiarícese con el funcionamiento de estos sitios web y, a continuación, llegue a un acuerdo con su hijo/a para que le permita comprobar periódicamente lo que publican.

• Utilice cualquier error evidente como una oportunidad para aprender tanto usted como su hijo/a, en lugar de reaccionar de manera excesiva. Estas páginas web no van a desaparecer y su hijo/a tendrá que hacer frente a las complejidades de la actividad online el resto de su vida.

• Hable regularmente con su hijo/a sobre lo que hace en Internet para fomentar una actitud abierta. Generalmente, es más fácil para un niño esconder o borrar sus huellas que para un padre descubrirlas. Un diálogo abierto y sincero ayudará a reducir la necesidad de este tipo de acciones.

• Manténgase en contacto con los padres de los amigos de sus hijos/as. De esta manera, será más fácil y rápido hacer frente a los problemas que puedan surgir si se actúa de manera cooperativa.

 

Fuente: “Guía de ayuda para familias sobre el uso y las prestaciones de los teléfonos móviles, Internet y televisión”. Orange.

 

También debemos recordar que la recogida o difusión de datos de carácter personal (por ejemplo: nombre, fotografía o dirección de correo electrónico) en un blog, se debe llevar a cabo con el respeto de la Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen (BOE núm. 115, de 14-05-1982).

 

 

Más información

 

Enlaces de interés

- Portal Chavales de Red.es
http://chaval.red.es

 

- Vídeo explicativo sobre los blogs
http://5lineas.com

Documentación complementaria

- Tutorial sobre el blog, de AulaClic S.L.
http://www.aulaclic.es

Legislación

- Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico
http://www.boe.es

 

- Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo sobre tratamiento de datos personales
http://eur-lex.europa.eu

 

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